Para donaciones anónimas el importe máximo permitido son 100€
Exención de impuestos: los primeros 250 € que aportes desgravarán al 80%. A partir de esa cifra, al 40%.
Más información
Personas físicas (IRPF)
Deducción en cuota íntegra
Límite 10% de base liquidable
Personas Jurídicas (IS)
Límite 10% de base imponible*
Consultar deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas
* Si se excede el límite: se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos
Deducción adicional del 5% si la actividad que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos de Estado
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